lunes, 28 de junio de 2010

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Centro para la Paz se reorganiza
04/05/2010 11:41 Antigüedad: 55 days

Por: DIC/UCV
Pbro. Raúl Herrera, Coord. Centro para la Paz y los Derechos Humanos

Pbro. Raúl Herrera, Coord. Centro para la Paz y los Derechos Humanos



Con el objeto de conocer y articular el nuevo equipo humano y definir estrategias de trabajo, se llevó a cabo la Primera Reunión Ampliada del Centro para la Paz y los Derechos Humanos. Tal como lo señaló su Coordinador, Raúl Herrera, “hoy nos ha tocado dar respuesta desde nuestra especifica a las demanda de la realidad que nos ha tocado vivir”.


El Centro, recientemente denominado para la Paz y los Derechos Humanos, presenta en esta nueva etapa, no sólo el recurso humano con el que cuenta, sino la propia dimensión de los Derechos Humanos que se incorpora.

“Esta dimensión de los Derechos Humanos fortalece la paz que tanto anhelamos, porque es correcto decir que la paz es fruto de la justicia y quienes trabajamos en este centro hemos de tener claro que paz y derechos humanos se implican mutuamente”, acotó.


Señaló que “los tiempos que vivimos, tan polarizados política y socialmente, nos deben llevar a mantenernos como un espacio plural, donde sea posible el diálogo, la concertación de ideas, la búsqueda de la justicia y la paz”.


En ese sentido, ya el equipo inició con una agenda de trabajo que involucra e invita a actores diversos tanto dentro como fuera de la Universidad.
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Caracas, Venezuela.

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miércoles, 2 de junio de 2010










MANIFIESTO POR EL DESARME Y LA DEFENSA DE LA VIDA
(Caracas, 29 de mayo de 2010)


Nosotros, el conjunto de personas y organizaciones abajo firmantes, reunidos en el Encuentro Internacional de Constructores de Paz, realizado en la ciudad de Caracas el sábado 29 de mayo de 2010,

Considerando la necesidad de una política integral de seguridad ciudadana desde una perspectiva de derechos humanos que incorpore el desarrollo de acciones en las áreas institucional, preventiva y normativa, entendiendo por ésta última la adecuación del marco jurídico tanto a las necesidades para la prevención o represión del delito y la violencia, como para el desarrollo del procedimiento penal o la gestión penitenciaria.
Reconociendo que las principales experiencias exitosas en la prevención del delito y la procura de mayores niveles de seguridad ciudadana en América Latina se vinculan con el trabajo en espacios locales sobre factores que posibilitan la reproducción de la violencia, destacándose entre ellos el uso de armas de fuego.
Considerando que las armas constituyen uno de los principales factores de riesgo y precipitantes de la inseguridad ciudadana, al incrementar la violencia y letalidad de los conflictos tramitados por medios no pacíficos,
Reconociendo la presencia de armas, especialmente de fuego, en la mayoría de los acontecimientos violentos y situaciones de inseguridad ciudadana que se viven en el país,
Advirtiendo que actualmente se encuentra en discusión un proyecto de Ley para el Desarme y Control de Municiones (aprobado en primera discusión el 28 de enero de 2010), lo que propicia y abre mayores espacios para nuestra incidencia en la agenda legislativa,



MANIFESTAMOS LA NECESIDAD DE

1. Unir esfuerzos para visibilizar y posicionar el tema del desarme como aspecto de máxima importancia en la construcción de paz en Venezuela, el cual debe ser parte de una Política Integral de Seguridad Ciudadana.

2. Solicitar a la Comisión de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional, abrir un espacio de debate con organizaciones de derechos humanos, comunidades y la sociedad civil en general para dar a conocer el Proyecto de Ley de Desarme y Control de Municiones que ha sido aprobado en primera discusión, en virtud de que –y a pesar de haber abierto el periodo de consulta previsto en el artículo 211 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela- éste aun resulta muy poco conocido y debatido entre organizaciones comunitarias.






Respecto al contenido del proyecto de ley

3. Reafirmar la importancia de procesos participativos en la sociedad venezolana, recalcando que en modo alguno ello puede suponer la delegación de funciones del Estado en materia de seguridad ciudadana, específicamente en el registro y labores de desarme de la ciudadanía. Ello conduce a repensar el papel otorgado a los consejos comunales en el proyecto de Ley.

4. La importancia de examinar la noción de desarme que subyace a la propuesta aprobada en primera discusión, considerando que ella debe apuntar –desde nuestra perspectiva- a la relevancia de que la población civil no esté armada, promoviendo la formación de conciencia de desarme. En este sentido se debe precisar que:
 La tenencia de un arma, la posesión de un arma no, significa mayores niveles de seguridad para quien la detenta. De hecho, las estadísticas apuntan en sentido contrario. Un arma no es sinónimo de seguridad.
 La organización y desarrollo de labores de registro de las armas que se encuentran en el país en manos de la población civil no supone el desarrollo de procesos de promoción para la tenencia de armas. El objetivo es desarmar la población haciendo que, los civiles que detenten armas de fuego sean excepcionales y deban estar debidamente reglamentados en atención a un marco legal preciso y claro al respecto.
 Prohibir que desde el Estado se fomenten programas, procesos de formación y/o capacitación en el uso de armas de fuego a la población civil.

5. Considerar elementos presentes en las convenciones internacionales en materia de derechos humanos relativas a la fabricación, comercio y uso de armas de fuego suscritas por Venezuela en el diseño de la ley .

6. Precisar en el Proyecto de Ley con mayor claridad el órgano y las competencias operativas, administrativas y presupuestarias para adelantar una política de desarme como iniciativa de máxima importancia que no debe confundirse con un operativo, sino ser sustentada en el tiempo, y que –reafirmamos- debe integrarse en una Política Integral de Seguridad Ciudadana.

7. Destacar la máxima relevancia de los procesos de difusión de información, promoción del desarme y sensibilización de las personas, por lo que consideramos que deben ser abordados con mayor atención. El único actor no pueden ser los medios de comunicación aunque sin duda su papel especialmente importante en virtud del impacto que pueden tener.

8. Las armas recuperadas por los cuerpos de seguridad y autoridades competentes deben ser destruidas inmediatamente (a menos que estén incursas en procedimientos de investigación penal) en atención a procesos también normados. No queremos canjear armas puesto que los resultados obtenidos en otras experiencias han sido muy precarios, en ocasiones puede ser hasta contraproducente.

9. Manifestamos la atención especial que se debe brindar a espacios como las escuelas, para consolidarlos como contextos libres de armas. Manifestamos nuestra preocupación e interés por adelantar estudios que permitan diseñar normas amparadas en el absoluto respeto a los derechos humanos que permitan impedir el ingreso de armas de fuego en contextos escolares.

10. Manifestamos también nuestra preocupación por las víctimas de las armas de fuego, tanto de quienes fallecen por el impacto de balas, como por quienes quedan lesionados en forma variable, así como sus familiares. En este sentido, consideramos de máxima importancia adelantar estudios sobre la situación de quienes se ven afectados a fin de garantizar su debida atención.

11. Finalmente, señalamos que una política de desarme de la ciudadanía debe ser acompañada con un control muy estricto de las armas de fuego y municiones de uso exclusivo y custodia por parte de los cuerpos de seguridad del Estado.

Convencidos de que “Hablando se entiende la gente”, manifestamos nuestro interés y compromiso por el desarme y la vida.



Firmas:

Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela
Fundación Centro Gumilla









FORMULARIO PARA PRESENTAR POSTULACIONES
PREMIO DE DERECHOS HUMANOS DE LA EMBAJADA DE CANADÁ EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Fecha

Nombre del Postulante
C.I. o R.I.F
Dirección
Teléfono
Correo Electrónico

Nombre del Candidato (si es distinto del postulante)
C.I. o R.I.F
Dirección
Teléfono
Correo Electrónico

Detalles de la postulación (no exceder 5 páginas)
Descripción de la postulación (proyecto, actividades, trayectoria del candidato):




Justificación de la postulación:




Impacto del proyecto, trayectoria o actividades del candidato:




Anexos para la consideración del jurado (vínculos o documentos):

martes, 1 de junio de 2010

Premio de Derechos Humanos de la Embajada de Canadá





Convocatoria 2010

Premio de Derechos Humanos de la Embajada de Canadá en la República Bolivariana de Venezuela

El Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela y la Embajada de Canadá tienen el honor de anunciar el Premio de Derechos Humanos de la Embajada de Canadá en la República Bolivariana de Venezuela 2010.

Objetivo

Este premio se ha instituido para reconocer a quienes se distingan por su labor en la promoción, difusión y/o defensa de los Derechos Humanos.

Dirigido a

Individuos, organizaciones no gubernamentales e instituciones públicas o privadas en Venezuela que se hayan destacado, con un esfuerzo constante, en promover el respeto de los Derechos Humanos; difundir los valores que nutren el ideal de los Derechos Humanos, o en defender los Derechos Humanos de individuos o grupos que hayan sido privados de estos.

Cualquier persona u organización no gubernamental puede someter al jurado su propio nombre (sí se puede autopostular) o el nombre de personas o instituciones que en su opinión, de forma debidamente sustentada, sean acreedoras de este galardón.

Premio

Una visita a Canadá, con el propósito de sostener encuentros con autoridades y organizaciones de Derechos Humanos. Gastos de viaje y estadía cubiertos.

Además, una gira por algunas ciudades de Venezuela, relatando su experiencia en el área de los Derechos Humanos, y ofreciendo su apreciación sobre lo que serían las tareas pendientes en la materia. Gastos de viaje y estadía cubiertos.

Bases

Las aplicaciones deberán enviarse al correo electrónico: premio.ddhh.canven@gmail.com en el formulario para presentar aplicaciones (PDF * - 59 KB, DOC * - 71 KB)

Fecha límite de recepción

Las aplicaciones se recibirán desde el martes 01 de junio hasta el viernes 10 de septiembre de 2010.

Jurado y Criterios

El jurado estará presidido por el Director del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela, y estará conformado por otras cuatro personas de alta autoridad moral, convocadas por la Embajada de Canadá y por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela.

Al adjudicar el premio, el jurado tendrá en cuenta tanto la trayectoria de la persona, institución u organización no gubernamental, como la realización de alguna actividad coyuntural que haya tenido un impacto considerable en la sociedad venezolana en su conjunto, o en la promoción o defensa de los Derechos Humanos.

Anuncio del Ganador

El ganador será anunciado por el Centro de derechos Humanos de la UCV, según el veredicto del jurado a medios del octubre y seguirá una ceremonia de premiación.

Para mayor información consulte la página Web de la Embajada de Canadá o la página Web del Centro de Estudios de Derechos Humanos de la UCV.